Primer navegador para niños con autismo

Dunte unas jornadas organizadas por la Federación Autismo Galicia para presentar aplicaciones informáticas que puedan ayudar a personas con discapacidades, el canadiense John LeSieur presentó el navegador ZAC Browser. Este navegador, que puede ser descargado de forma gratuita, incluye juegos y actividades para estos niños.





Resumen

Aquí os dejamos el resumen sobre "El autismo y los trastornos generalizados del desarrollo" del libro Marchesi, A.; Coll, C. y Palacios, J. (2004): Desarrollo psicológico y educación. 3. Trastornos del desarrollo y necesidades educativas especiales. Madrid. Alianza Psicología y Educación.

XIV Congreso Nacional AETAPI

San Sebastián acogió el pasado mes de noviembre, el XIV Congreso Nacional AETAPI. Por lo que hemos leído en la página de AETAPI (Asociación Española de Profesionales del Autismo), se reunieron varios profesionales para intercambiar experiencias y conocimientos sobre cómo mejorar la vida de los autistas.

Por cierto, si os interesa el tema del autismo, mirar la página de AETAPI. Podéis encontrar muchos documentos, boletines, artículos interesantes, así como muchos enlaces a páginas de asociaciones, tanto nacionales como internacionales.

Ponerse en el lugar de una persona con autismo

Hemos leído un artículo en la página web de Apna (Asociación de padres de niños autistas) sobre lo que nos pediría un autista. Nos ha parecido muy interesante para ponernos en su lugar y poder comprender y ayudar a estas personas.

Carta de derechos de personas con autismo

Hemos encontrado una carta de derechos de personas con autismo que nos ha parecido interesante. Está en la página web de Apnabi.

CARTA DE DERECHOS DE PERSONAS CON AUTISMO

Adoptada por el Parlamento Europeo el 9 de Mayo de 1996.

I. Las personas con autismo tienen el derecho a llevar una vida independiente y de
desarrollarse en la medida de sus posibilidades.

II. Las personas con autismo tienen derecho al acceso a un diagnostico y una evaluación precisa y sin perjuicios.

III. Las personas con autismo tienen derecho a una educación accesible y apropiada.

IV. Las personas con autismo, o sus representantes tienen el derecho de participar en cada decisión que afecte a su futuro.

V. Las personas con autismo tienen derecho a un alojamiento accesible y adecuado.

VI. Las personas con autismo tienen derecho a acceder a los equipamientos, asistencia y servicios de soporte necesarios para una vida plenamente productiva en la dignidad y la independencia.

VII. Las personas con autismo tienen derecho a percibir un ingreso o un sueldo que le alcance para alimentarse, vestirse y alojarse adecuadamente como también cualquier otra necesidad vital.

VIII. Es un derecho de las personas con autismo el participar, en la medida de lo posible, al desarrollo y la gestión de los servicios existentes destinados a su bienestar.

IX. Las personas con autismo tienen derecho a acceder a consejos y terapias apropiados para su salud mental y física, así como que para su vida espiritual. Lo que significa que tengan acceso a tratamientos y remedios de calidad.

X. Las personas con autismo tienen derecho a una formación que responda a sus deseos y a un empleo adecuado, sin discriminación ni prejuicios. La formación y el empleo deberían tomar en cuenta las capacidades y los intereses del individuo.

XI. Las personas con autismo, o sus representantes tienen derecho a asistencia jurídica y al mantenimiento total de sus derechos legales.

XII. Las personas con autismo tienen derecho al acceso a los medios de transporte y a la libertad de desplazamiento.

XIII. Las personas con autismo deben tener pleno derecho al acceso a la cultura, a las distracciones, al tiempo libre, a las actividades deportivas y de poder gozarlos plenamente.

XIV. Las personas con autismo tienen derecho a utilizar y aprovechar todos los equipamientos, servicios y actividades puestos a disposición del resto de la comunidad.

XV. Las personas con autismo tienen derecho a una vida sexual sin ser forzados, aun en el matrimonio, ni ser explotados.

XVI. Es un derecho de las personas con autismo el no ser sometidos al miedo ni a las amenazas de un internamiento injustificado en un hospital psiquiátrico o cualquiera otra institución cerrada.

XVII. Las personas con autismo tienen derecho a no estar sometidos a maltratos físicos ni de padecer carencia en materia de cuidado.

XVIII. Las personas con autismo tienen derecho a no recibir terapias farmacológicas
inapropiadas o excesivas.

XIX. Las personas con autismo o sus representantes, deben tener derecho al acceso a su ficha personal en lo que concierne el área medica, psicológica, psiquiátrica y educativa.

Presentación

Hola! Somos tres estudiantes de 2º de Educación Infantil de la Escuela de Magisterio de Bilbao y vamos a trabajar el tema del autismo y los trastornos generalizados del desarrollo.